Las funciones del Diputado Mayor de Gobierno son:
1.- Es el responsable del orden en cuantas procesiones se organicen y actos en la que esté representada la hermandad.
2.- Organizará y dirigirá la Estación de Penitencia de la Hermandad, coordinando las actividades y particulares que competan a los demás oficiales en relación con dicha organización.
3.- Propondrá al Cabildo de Oficiales la designación de los Diputados y los Fiscales de cada paso, así como de otros auxiliares, para el mejor orden de la Cofradía en la Estación de Penitencia, a los que dará las instrucciones correspondientes, y de los que recabará los informes de las incidencias ocurridas.
4.- En el primer Cabildo de Oficiales siguiente a la Semana Santa, dará cuenta de todo ello mediante informe.
5.- En colaboración con el Secretario, y con el visto bueno del Hermano Mayor, facilitará a los medios de comunicación información detallada de los actos de culto y de las actividades de la Hermandad.
6.- Tendrá a su cargo el protocolo en cuanto actos externos organice o esté representada la Hermandad, conforme a lo previsto en estas reglas y en el reglamento, de conformidad con las normas litúrgicas.
7.- Durante las salidas propondrá al Hermano Mayor las medidas de urgencias que se requieran cuando se produzca cualquier circunstancia a contingencia que pudiera suponer un perjuicio al normal desarrollo de la misma.
8.- Auxiliar al Promotor Sacramental y de Cultos en su cometido.